CGT ANTE LAS NEGOCIACIONES PARA “REDUCIR” LA TASA DE INTERINIDAD

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El 29 de marzo del presente año se firmó el ACUERDO PARA LA MEJORA DEL EMPLEO PÚBLICO entre el Ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro, y los representantes de CCOO, UGT y CSI-F. El objetivo de dicho Acuerdo era garantizar la eficiencia y calidad en la prestación de los servicios públicos. Para lograr este objetivo se acordó, entre otros aspectos, que la tasa de reposición debía ser del 100% en el caso de los sectores prioritarios, como la Educación, y que en la oferta de empleo público se fomentaría la utilización de la promoción interna. De esta forma, en un período de tres años la tasa de interinidad quedaría por debajo del 8% frente al 26% actual. Otra manera de alcanzar la estabilidad que se propuso consistiría en valorar el tiempo de servicios prestado a la Administración, pero solamente en la fase de concurso.

En estos días, los sindicatos mayoritarios están negociando con el Ministerio el acceso a la Función Pública. Aquí se nos plantea la primera paradoja de esta negociación: ¿consiste la promoción interna exclusivamente en valorar el tiempo de servicio solo después de una fase de oposición eliminatoria que, por otra parte, ya ha superado gran parte del profesorado interino en más de una convocatoria?

Las peticiones de estos sindicatos mayoritarios, CON LOS QUE NO ESTAMOS DE ACUERDO, se reducen a defender cuatro medidas de dudosa eficacia para reducir la tasa de interinidad sin que esto suponga cambiar a unos trabajadores pos otros. Entre ellas:

1ª. Que las pruebas de la fase de oposición no sean eliminatorias. Aunque de cara a la galería y con un fin estrictamente electoralista algunas de estas organizaciones defienden un acceso diferenciado, en la mesa de negociación tan ambicioso objetivo se hace más modesto y se reduce a exigir el carácter no eliminatorio de la fase de oposición. SE OLVIDA QUE la mayor parte del profesorado interino ha aprobado la fase de oposición en más de una convocatoria; en muchos casos, no son funcionarios debido a la insuficiente y precaria oferta de plazas de las convocatorias pasadas: ¿por qué no se insiste en la no caducidad, con carácter retroactivo, de las notas de la fase de oposición? Y SE OLVIDA QUE el profesorado interino que no hubiese aprobado alguna vez las pruebas de la fase de oposición ¿no ha mostrado ya de una manera clara y evidente su profesionalidad y aptitudes para el desempeño de la función docente durante sus muchos años de servicio a la Administración? Por ello, además de la no caducidad de las notas, CGT lleva décadas luchando por la estabilidad del profesorado interino y reivindicando la funcionarización a través de una DOBLE VÍA DE ACCESO.

2ª. Que aumente la optatividad en la elección de temas. Si realmente se quiere reducir el número del personal interino y favorecer la estabilidad, las medidas tienen que estar enfocadas a dicho colectivo. SE OLVIDA QUE aumentar la optatividad no es un factor relevante de cara a la reducción de la precariedad de este sector. En cualquier caso, y de mantenerse el carácter eliminatorio de las pruebas de la fase de oposición, se puede terminar favoreciendo los caprichos del azar y no la experiencia y formación de los aspirantes al funcionariado.

3ª. El aumento de la ponderación de la fase de concurso respecto a la oposición. En la fase de concurso no solamente se barema el tiempo de servicio, también otros méritos. De hecho, en la convocatoria de 2016 era posible obtener la misma puntuación por otros méritos que por el tiempo de servicio. SE OLVIDA QUE las personas que llevan años trabajando, con destinos impredecibles y continuos traslados, con muchos años de experiencia a sus espaldas, cargas familiares y económicas, no disponen de las mismas oportunidades para realizar nuevos grados o estudios de postgrado… pero, en cambio, sí poseen los requisitos, la experiencia y la formación diaria inherente al trabajo docente. Además, si los méritos se equiparan en valor a la experiencia adquirida, la balanza puede inclinarse del lado de aquellos aspirantes que cuentan con recursos económicos y tiempo suficientes para engordar su currículo.

4ª. Un incremento del peso de la antigüedad en la fase de concurso. Cuando se habla de un aumento del peso de la antigüedad pero, al mismo tiempo, se reduce el valor de cada año trabajado, se devalúa el peso de la experiencia. Así, si se puntúa con 0.7 el año de experiencia en la enseñanza pública, ¿dónde está la mejora respecto a convocatorias anteriores? Una persona que en la última convocatoria avalara tres cursos como experiencia docente en la enseñanza pública, se anotaba 3 puntos en el baremo de méritos; ahora se quedaría en 2,1 puntos. ¿Se busca con esta medida dividir al colectivo interino? SE OLVIDA QUE este tipo de medidas encarnan la consigna divide y vencerás, introduciendo sutiles diferencias en la graduación de la experiencia y convirtiéndola en un factor cualitativo de distinción, decisivo para facilitar el acceso a los que atesoran más experiencia ante una oferta de empleo que siempre será insuficiente.

Más de la mitad del personal interino tiene menos de 7 años de tiempo de servicio, y ello debido, en gran parte, al hecho de que durante los cursos 2012/13 y 2013/14, el momento de los recortes más brutales, engrosaron las listas del paro. Por otra parte, en este último grupo hay un gran porcentaje de interinos e interinas que han accedido al sistema en las convocatorias de 2008 y 2010 y no pudieron obtener plaza, ya que opositaron en una transitoria, a pesar de haber obtenido una buena calificación en la fase de oposición. Las convocatorias posteriores fueron ridículas y, como subrayamos con anterioridad, han soportado además los peores efectos de la crisis económica y los efectos del Decreto-Ley de 2012 de racionalización del gasto público en la educación.

Amparados en el artículo 61.6 del EBEP, y dada la situación de excepcionalidad creada por la nefasta política de contratación de la Administración Educativa, CGT considera que la manera más justa de poner fin a este despropósito es una doble vía de acceso a la función pública.

61.6. Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.

Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.

La doble vía asegura:

Una reserva de plazas para acceder a la Función Pública para el colectivo interino a través de un concurso de méritos.

Una reserva de plazas para garantizar también el acceso a la Función Pública mediante un concurso-oposición a aquellos aspirantes que carecen de experiencia.

En una convocatoria de oposiciones se ofertan dos tipos de plazas. Las que se denominan de creación, de las que una gran parte (son muchas más las plazas ocupadas de las que se ofertan) está siendo ocupada por profesorado interino, y las plazas de reposición, que son las resultantes, principalmente, de los procesos de jubilación. Para ser más concretos, en esta próxima convocatoria se van a ofertar, grosso modo, 3000 plazas de nueva creación y 2000 correspondientes a la tasa de reposición. CGT propone que las primeras se reserven para el acceso mediante el concurso de méritos, mientras que las segundas se oferten a los aspirantes que carecen de experiencia docente.

Llegados a este punto, hemos de distinguir entre estabilización y consolidación o funcionarización del puesto de trabajo. Si se reservan en cada convocatoria las plazas debidas al 100% de la tasa de reposición para aquellos aspirantes que participan por el sistema general de acceso a la función pública, se entiende que el profesorado interino que no haya obtenido plaza debe tener garantizado su puesto de trabajo, que ya estaba ocupando con anterioridad -entiéndase puesto no plaza – , ya que las, mal llamadas, plazas de nueva creación ofertadas en cada convocatoria nunca llegarán a agotar todas las plazas que ya ocupan los trabajadores de la educación con alguna experiencia.

CGT se niega a aceptar, como sí parecen hacerlo ciertas organizaciones, que la forma más adecuada de reducir la precariedad laboral en el ámbito docente y ajustar el porcentaje de interinos a las exigencias de la Unión Europea consista en cambiar a unos trabajadores por otros.

¡Quienes están se quedan!